El objetivo es mejorar el acceso a la justicia de consumidores y usuarios, posibilitando la resolución extrajudicial, mediante arbitraje, de los conflictos de consumo.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) incorpora una importante agenda de inversiones y reformas estructurales para adecuar los servicios públicos a los propios de una Administración Pública conforme al siglo XXI, mediante una modernización y digitalización con la que poder responder a las necesidades actuales de la ciudadanía y la economía en todo el territorio. Dentro de este Plan se contemplan una serie de medidas dirigidas a la mejora de los servicios públicos del Ministerio de Consumo, incluyendo medidas dirigidas hacia la digitalización y actualización de los sistemas de información en materia de consumo y protección de los consumidores, así como en la automatización de los procedimientos de resolución de reclamaciones de consumo.
Actualmente, las Juntas Arbitrales de Consumo procuran el acceso a la justicia de consumidores y usuarios, posibilitando la resolución extrajudicial, mediante arbitraje, de los conflictos derivados de las relaciones que establecen con los empresarios, en las contrataciones de bienes y servicios, efectuadas de forma física o en soporte electrónico. En la actualidad existen constituidas sesenta Juntas Arbitrales de Consumo, de ámbito autonómico y local con necesidades y medios muy diferentes.
Con el fin de alcanzar la homogenización y modernización de la gestión que llevan a cabo las Juntas Arbitrales de Consumo, el Gobierno de España ha publicado en el BOE, con fecha uno de septiembre, las bases para solicitar las subvenciones destinadas a la digitalización y modernización de dichas Juntas. La finalidad de estas subvenciones es que las Juntas Arbitrales de Consumo, adscritas a las Administraciones de las Comunidades Autónomas, Ciudades Autónomas o Entidades locales mejoren y modernicen su propia organización y funcionamiento, mediante la incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones, la digitalización de los procedimientos, dotándose así de medios electrónicos apropiados y suficientes para permitir la relación y el intercambio de información entre consumidores, empresarios, asociaciones de consumidores, organizaciones empresariales y otras instituciones relacionadas.
Se trata, en definitiva, de procurar un mejor acceso a la justicia de consumidores y usuarios, posibilitando la resolución extrajudicial, mediante arbitraje, de los conflictos derivados de las relaciones que establecen con los empresarios, en las contrataciones de bienes y servicios efectuadas de forma física o en soporte electrónico.
Las solicitudes se podrán presentar, de forma improrrogable, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado »