En caso de estafas, corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como a Jueces y Tribunales de Justicia investigar y resolver los hechos
Con el inicio de la vuelta al Cole, muchas familias puede que se estén planteando realizar las compras del nuevo curso escolar aprovechando las ventajas y comodidades que ofrece el comercio online. Pero antes de introducir los datos bancarios y aceptar la compra, desde Banco de España hacen un llamamiento para extremar las precauciones con el fin de que las personas consumidoras no acaben siendo víctimas de páginas web fraudulentas. En este sentido, advierte que, si se ha autorizado el pago de una compra con una tarjeta de débito o crédito en una web fraudulenta, en estos casos, las entidades bancarias son ajenas a cualquier tipo de engaño que se pueda sufrir durante la operación.
Tal y como explica Banco de España, las operaciones realizadas con la tarjeta son mandatos de pago irrevocables. Esto último supone que, al igual que sucede con las transferencias, las entidades no están facultadas para realizar una devolución del importe pagado sin el consentimiento del beneficiario.
Por lo tanto, si se solicita la devolución del cargo de tarjeta al banco, la responsabilidad de la entidad bancaria se limitará a la gestión diligente de la reclamación ante la sociedad propietaria del sistema (VISA, MasterCard,…) para la comprobación de la autenticación de la operación. De este modo, si el consumidor autorizó el pago de buena fe, lo normal es que se ponga de manifiesto su conformidad, y entonces la única forma de conseguir la devolución de lo que ha pagado sería el consentimiento del beneficiario, lo que no parece muy probable que ocurra en caso de fraude.
Por eso es importante evitar caer en la trampa, extremar las precauciones al realizar compras en páginas no conocidas o en algunas plataformas de compraventa que no ofrezcan garantías ya que pueden ser utilizadas por los estafadores. Además, hay que recordar que los casos de fraude llevados a cabo por presuntos delincuentes o redes organizadas no son un asunto propiamente de consumo, sino presuntas estafas tipificadas dentro de lo penal, por lo que corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como a Jueces y Tribunales de Justicia investigar y resolver los hechos. En estos casos, deben guardarse siempre los justificantes de pagos, teléfonos de contacto, correos electrónicos o cualquier otro justificante que pueda contribuir a perseguir el delito.
Folleto: Fraudes y estafas comerciales
Fuente de la información: Banco de España