El Ministerio persigue identificar las viviendas que se publicitan como turísticas sin contar con los permisos necesarios y advierte sobre la posibilidad de abrir expedientes sancionadores.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 –que en el mes de junio puso en marcha una investigación para identificar las viviendas que no disponen de licencia para operar como alojamientos turísticos- se ha puesto ahora en contacto con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con el objetivo de que las ciudades de toda España colaboren también con esta investigación. Según ha advertido el Ministerio, esta práctica supondría una infracción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y sería una práctica comercial desleal. De ahí que el Ministerio haya solicitado la cooperación de todas las ciudades españolas y se unan a las acciones iniciadas con el objetivo de acabar con los anuncios que se publican en plataformas de alquiler turístico de viviendas sin licencia.
Esta iniciativa llega después de que Consumo haya enviado requerimientos a distintas plataformas de alquiler turístico con el fin de recabar información sobre qué viviendas estarían incurriendo en esta práctica ilegal; información que se completaría ahora con la que puedan aportar los ayuntamientos. Para ello, Consumo pone sus competencias a disposición de los consistorios con el fin de poder trabajar de forma conjunta en la identificación de viviendas no habilitadas para operar como turísticas y proteger así a las personas consumidoras y usuarias. Además, el ministerio destaca también a la FEMP la necesaria colaboración que debe haber entre las distintas administraciones no solo para proteger a los consumidores, sino también para velar por una competencia legal en un sector con un importante impacto en los modelos de ciudad y su habitabilidad.
Asimismo, la Dirección General de Consumo -que dispone de capacidad sancionadora desde el año 2022- ha advertido sobre la posibilidad de abrir expedientes sancionadores por estas prácticas que pueden llegar a calificarse como infracciones graves y sancionarse con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se podría sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.
Fuente de información: Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030