Lo primero, contactar con la red social mediante los formularios habilitados a tal efecto.
Con el fin de ayudar a los consumidores y usuarios de las redes sociales afectados por una suplantación de identidad, el Centro Europeo del Consumidor en España detalla los pasos que deben seguir para eliminar el perfil falso de la manera más rápida posible.
En primer lugar, sería necesario contactar con la red social mediante los formularios facilitados a tal efecto. Para ello, se facilitan, los enlaces de algunos de los servicios más utilizados:
En aquellos casos en los que la respuesta recibida por parte de la red social no sea satisfactoria, se puede formular una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos a través de la Sede electrónica , aportando la documentación presentada a la empresa para denunciar la suplantación de identidad.
Por otro lado, cabe señalar que las personas tienen derecho a solicitar -bajo ciertas condiciones- que los enlaces a los datos personales no figuren en los resultados de una búsqueda en Internet realizada por su nombre. Según la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE las personas tienen derecho a limitar la difusión universal e indiscriminada de sus datos personales en los buscadores generales cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima (en el caso de boletines oficiales o informaciones amparadas por las libertades de expresión o de información).
El Canal Prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ofrece una vía rápida y gratuita para denunciar la publicación ilegítima en Internet de contenidos sensibles, sexuales o violentos. En este caso, debido a la especial gravedad de estas situaciones, no es necesario contactar primero con la web o la red social en la que están publicadas.
La solicitud de retirada de fotografías, vídeos o audios de contenido sexual o violento difundidos en Internet sin el consentimiento de la persona afectada puede realizarse a través de este enlace , mientras que, en el caso de los menores de 18 años, la AEPD ha habilitado una forma de contacto específica para denunciar la difusión de este tipo de contenidos.
Fuente de información: Ministerio de Consumo y Agencia Española de Protección de Datos.
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