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La UE permite utilizar los abonos a contenido en línea durante los viajes a otro país miembro

2 de abril de 2018 / Noticia

El 1 de abril ha entrado en vigor las reglas que permiten a los europeos llevarse sus suscripciones en línea de vacaciones.

A partir de ahora, se podrán acceder a películas, series, eventos deportivos, música y videojuegos desde cualquier punto de la UE,  siempre que su estancia en otro país miembro tenga carácter temporal.

Hasta ahora, si había intentado usar su suscripción en línea para ver películas o escuchar música cuando se encontraba en otro país de la UE, lo más probable es que hubiera recibido una indicación de que el contenido al que intentaba acceder no estaba disponible en el país en el que se encuentra.

A partir de ahora, y gracias a las nuevas reglas europeas sobre la denominada "portabilidad" que han entrado en vigor el 1 de abril de 2018, los europeos podrán llevarse los servicios audiovisuales en línea por los que pagan dentro del territorio comunitario.

¿Qué cambiará?

La nueva normativa permitirá que todos los suscriptores a servicios audiovisuales en línea de un país puedan disfrutar de ese contenido también cuando se encuentran temporalmente en otro Estado miembro. Este acceso solo será posible cuando su estancia en otro punto de la UE sea durante un periodo limitado, como vacaciones o viajes de negocios o de estudios.

Los proveedores de contenido tendrán la posibilidad de verificar la ubicación de los suscriptores. El Parlamento Europeo solicitó que se incluyan medidas de salvaguardia en el reglamento para garantizar que los datos y la privacidad de los usuarios se respeten durante todo el proceso de verificación.

El reglamento tendrá efecto retroactivo, lo que significa que también se aplicará a los contratos de suscripción ya existentes.

¿Quiénes se pueden beneficiar?

Los consumidores que residen en la UE: la nueva normativa les permite contemplar películas o acontecimientos deportivos, oír música, descargar libros digitales o utilizar juegos electrónicos cuando visiten otro país de la UE o residan temporalmente en él.

Los proveedores de servicios de contenidos en línea: podrán ofrecer a sus abonados la portabilidad transfronteriza de contenidos en línea sin tener que adquirir licencias para los territorios en los que los abonados permanezcan temporalmente.

Los intereses de los titulares de derechos quedan protegidos para evitar abusos. 

¿Qué ocurre con los servicios en línea prestados gratuitamente?

Los proveedores de servicios de contenidos en línea gratuitos podrán elegir si desean beneficiarse de esta nueva normativa. Si deciden hacerlo y permitir la portabilidad con arreglo al Reglamento, se les aplicará toda la normativa de la misma manera que a los servicios de pago. Esto significa que los abonados tendrán que iniciar sesión para tener acceso y utilizar los contenidos cuando se encuentren temporalmente en el extranjero y que los proveedores de servicios tendrán que comprobar el Estado miembro de residencia del abonado.