Centro Europeo del Consumidor en España

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CEC España recomienda informarse bien antes de contratar un microcrédito rápido para afrontar los gastos de “la vuelta al colegio”

21 de septiembre de 2018 / Noticia

El Centro Europeo del Consumidor en España solicita precaución a los consumidores antes de contratar este tipo de productos y evitar el sobreendeudamiento. Detrás de la rapidez y la facilidad con la que algunas empresas prestan dinero, generalmente se esconden intereses elevados, plazos muy cortos para la devolución del préstamo, la posibilidad de un mayor endeudamiento si no se paga, formar parte de un fichero de morosos, o que la deuda se venda a una empresa de recobro.

Grupo de jóveves estudiando

Durante el mes de septiembre es habitual encontrar agresivas campañas comerciales de mircrocréditos rápidos que permiten a los consumidores obtener de forma sencilla cantidades de dinero no muy elevadas sin que se les exija unas mínimas garantías -tales como una nómina o aval- que permitan asegurar el pago del préstamo. De esta forma, durante esta época del año, algunos consumidores se plantean la posibilidad de contratar este tipo de productos para hacer frente a los gastos extraordinarios que supone “la vuelta al colegio”.

Recomendaciones de CEC España

Ante esta situación, el Centro Europeo del Consumidor en España (CEC España) recomienda:

  • Barajar todas las alternativas posibles antes de contraer una deuda y valorar la capacidad de pago.
  • Leer atentamente las condiciones del préstamo antes de su contratación, especialmente la información relativa a los gastos y comisiones con el fin de evitar desembolsos adicionales en el futuro.
  • Comparar siempre distintas ofertas para poder decidir la opción más conveniente.

Derechos del consumidor

  • Derecho de desistimiento. En caso de arrepentimiento, los consumidores tienen un plazo de 14 días naturales para ejercer su derecho de desistimiento en caso de que la contratación del producto bancario se haya realizado a distancia (por ejemplo a través del comercio online o telefónicamente). (Real Decreto Legislativo 1/2007).
  • Derecho de información. Las empresas que ofertan este tipo de microcréditos rápidos, aún cuando no sean entidades de crédito, están obligadas a informar adecuada y gratuitamente a los consumidores acerca de las condiciones generales de contratación, así como de los gastos y comisiones que podrán ser repercutidas al consumidor, por ejemplo, en caso de impago. Esta información deberá estar disponible en su página web. Además, si en la publicidad hacen referencia a las cifras relacionadas con el coste del préstamo, debe incluirse la Tasa Anual Equivalente (TAE) con un ejemplo. (Ley 2/2009)
  • Derecho a la protección de los datos personales. El consumidor tiene derecho a oponerse a que sus datos personales sean tratados para fines de Marketing Directo. (Reglamento UE 2016/679)
  • Derecho al descanso y a la salud. Las llamadas telefónicas comerciales no podrán efectuarse antes de las 9:00 ni más tarde de las 21:00 horas ni en festivos o fines de semana. (Real Decreto Legislativo 1/2007).

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